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Subpesca aprueba ECMPO de 44 mil hectáreas: qué cambia para las concesiones acuícolas en zonas costeras

La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) emitió pronunciamiento favorable para un Espacio Costero Marino de los Pueblos Originarios (ECMPO) de 44 mil hectáreas bajo la Ley Lafkenche. Para los productores acuícolas que operan o proyectan concesiones en áreas costeras del sur de Chile, este tipo de resolución define qué usos son compatibles con el espacio — y cuáles no.

Subpesca aprueba ECMPO de 44 mil hectáreas: qué cambia para las concesiones acuícolas en zonas costeras
La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) emitió pronunciamiento favorable para un Espacio Costero Marino de los Pueblos Originarios (ECMPO) de 44 mil hectáreas bajo la Ley Lafkenche. Para los productores acuícolas que operan o proyectan concesiones en áreas costeras del sur de Chile, este tipo de resolución define qué usos son compatibles con el espacio — y cuáles no.

La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) emitió un pronunciamiento favorable para la solicitud de establecimiento de un Espacio Costero Marino de los Pueblos Originarios (ECMPO) de 44 mil hectáreas, en el marco de la Ley N° 20.249, conocida como Ley Lafkenche. En paralelo, en marzo de 2026, Subpesca publicó la Resolución Exenta N° 713-2026, que rectifica la Res. Ex. N° 2927-2025 y aprueba el Plan de Administración para el ECMPO Mañihueico Huinay, en la Región de Los Lagos.

Dos movimientos distintos, pero con la misma lógica: el Estado está consolidando la figura del ECMPO como instrumento de gestión costera en zonas donde la acuicultura también opera o tiene proyecciones de expansión.

Qué es un ECMPO y cómo opera sobre el borde costero

La Ley Lafkenche permite a comunidades indígenas solicitar el uso consuetudinario de espacios costeros marinos para el ejercicio de prácticas culturales, espirituales y de subsistencia. Una vez establecido un ECMPO, el espacio queda sujeto a un Plan de Administración que define los usos permitidos.

Ese plan puede ser compatible con ciertas actividades acuícolas — o puede excluirlas. Depende de lo que negocie cada comunidad con la autoridad y de lo que el plan apruebe. No hay una regla uniforme: cada ECMPO tiene su propio régimen.

Lo que sí es uniforme es el efecto sobre las concesiones acuícolas existentes o en trámite dentro del área: quedan subordinadas al Plan de Administración del ECMPO. Si el plan no contempla actividad acuícola de terceros, esas concesiones no pueden operar con normalidad.

El caso Mañihueico Huinay: un plan de administración ya vigente

La Res. Ex. N° 713-2026, publicada el 23 de marzo de 2026, rectifica y aprueba el Plan de Administración del ECMPO Mañihueico Huinay. El área corresponde a la Región de Los Lagos, una de las zonas con mayor densidad de concesiones acuícolas del país.

La resolución es una rectificación de la Res. Ex. N° 2927-2025, lo que indica que el plan original ya existía y que este ajuste corrige aspectos formales o sustantivos de ese instrumento. El contenido específico del plan — qué usos autoriza, cuáles restringe, qué zonas delimita — no está disponible en el extracto público accesible.

Lo que sí está disponible es el hecho administrativo: el plan está vigente desde marzo de 2026. Cualquier productor con concesiones o solicitudes en el área de Mañihueico Huinay debe verificar si su actividad es compatible con ese instrumento.

El ECMPO de 44 mil hectáreas: pronunciamiento favorable, no establecimiento definitivo

El pronunciamiento favorable de Subpesca sobre el ECMPO de 44 mil hectáreas es un paso dentro del proceso administrativo, no el punto final. La Ley Lafkenche establece una secuencia: solicitud de la comunidad, pronunciamiento de Subpesca, proceso de consulta indígena, y finalmente decreto de establecimiento.

Un pronunciamiento favorable significa que Subpesca considera que la solicitud cumple los requisitos formales y que el espacio solicitado es susceptible de ser destinado a ECMPO. No implica que las actividades acuícolas existentes en el área queden suspendidas de inmediato. Pero sí activa el proceso que puede derivar en restricciones.

La ubicación exacta de este ECMPO de 44 mil hectáreas no está detallada en la información disponible. Para los productores de la zona sur — Chiloé, Los Lagos, Aysén — ese dato es el primero que hay que verificar.

Acuicultura en ECMPO: el modelo que se está probando en Chiloé

No todos los ECMPO excluyen la acuicultura. En Chiloé, un equipo de la Universidad Austral de Chile y del Centro Interdisciplinario para la Investigación Acuícola (INCAR) lidera una gira tecnológica en comunidades ECMPO para transferir conocimiento sobre cultivo de especies nativas.

El enfoque es distinto al de la acuicultura comercial convencional: se trabaja con especies nativas, en pequeña escala, con las comunidades como titulares del proceso productivo. No es un modelo de concesión a terceros — es producción dentro del ECMPO por parte de quienes lo administran.

Ese modelo tiene implicaciones para los productores externos. Si una comunidad desarrolla capacidad productiva propia dentro de su ECMPO, la presión para excluir concesiones de terceros en el mismo espacio aumenta. No es una regla, pero es una tendencia observable en los procesos más avanzados.

La pregunta de Magallanes: ¿puede la Ley Lafkenche ordenar el borde costero?

Una carta al editor publicada en Salmonexpert, firmada por Patricio Flores Brito, abogado y fundador de Borde Costero, plantea la figura del ECMPO como una posible herramienta de ordenamiento para Magallanes — una región donde la presión sobre el borde costero entre salmonicultura, pesca artesanal y comunidades originarias es alta.

La carta no está disponible en su totalidad, pero el encuadre es relevante: hay actores del sector jurídico que ven en los ECMPO no solo un instrumento de derechos indígenas, sino una vía para resolver conflictos de uso del borde costero que la regulación acuícola convencional no ha resuelto.

Eso cambia la lectura del instrumento. Un ECMPO no es solo una restricción para la acuicultura — en algunos contextos, puede ser el mecanismo que define quién tiene prioridad en un espacio disputado. Para los productores que operan en zonas con conflictos de uso no resueltos, esa distinción importa.

Lo que el productor acuícola necesita saber antes de su próxima decisión

Tres situaciones concretas en las que un ECMPO afecta directamente la operación:

  • Concesión vigente en área con ECMPO establecido: el Plan de Administración define si la actividad es compatible. Si no lo es, la concesión puede quedar en un limbo regulatorio. Verificar el plan es el primer paso.
  • Solicitud de concesión en trámite en área con pronunciamiento favorable: el proceso de establecimiento del ECMPO puede avanzar en paralelo. Si el ECMPO se establece antes de que la concesión se otorgue, el plan puede bloquear la solicitud.
  • Proyección de expansión en zonas costeras del sur: los ECMPO activos y en proceso cubren áreas de Los Lagos y potencialmente Aysén y Magallanes. Antes de iniciar cualquier trámite, verificar el estado de solicitudes ECMPO en el área es parte del análisis de viabilidad.

Subpesca publica el registro de ECMPO establecidos y en proceso en su portal de normativa. El listado de resoluciones ECMPO es la fuente primaria para verificar qué áreas tienen planes de administración vigentes.

El próximo indicador a seguir es si Subpesca avanza en el decreto de establecimiento del ECMPO de 44 mil hectáreas cuyo pronunciamiento favorable ya fue emitido. Ese decreto — y el Plan de Administración que lo acompañe — definirá el régimen de usos para ese espacio.

Fuentes consultadas

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