Contexto Normativo y el Listado Sernapesca 2025
La viabilidad operativa de los centros de cultivo de mitilicultura enfrenta un escenario regulatorio estricto con la publicación del Listado de INFAS APE y NO APE. Este instrumento define la exigibilidad de los Informes Ambientales, INFA, estableciendo una línea divisoria crítica entre la Acuicultura de Pequeña Escala (APE) y los productores de mayor volumen o régimen general (NO APE). La clasificación impacta directamente en la estructura de costos y la logística de muestreo en los sistemas de long-line y parques de cultivo.
Diferenciación Técnica: Régimen APE vs. NO APE
El marco regulatorio actual, sustentado en el Decreto 45 y la Resolución Exenta N° 3612, establece carriles operativos distintos. Para el segmento APE, se habilitan mecanismos de simplificación administrativa y subsidios (vía INDESPA), permitiendo el uso de la figura del "Consultor Ambiental APE".
En contraste, el régimen NO APE (extensivo) mantiene exigencias homologables a la gran industria, requiriendo:
- Muestreos completos de columna de agua y sedimentos (granulometría, materia orgánica, macrofauna).
- Ejecución exclusiva por Entidades de Muestreo acreditadas, sin posibilidad de autogestión directa.
- Responsabilidad administrativa total del titular sobre la consistencia de los datos presentados.
Autogestión y Rol de los LMAS
El Reglamento APE introduce flexibilidad logística, permitiendo la validación de embarcaciones menores y personal local para la toma de muestras. Sin embargo, el análisis de las muestras (taxonomía y variables físico-químicas) permanece restringido. Las muestras deben ser procesadas por laboratorios y entidades técnicas acreditadas (referidos técnicamente en el sector como LMAS o laboratorios de medición y análisis). La seguridad jurídica del reporte depende de la trazabilidad y acreditación ISO 17025 de estos resultados, evitando discrepancias en fiscalizaciones posteriores de Sernapesca.
Análisis de Vigencia Técnica
Vigencia técnica confirmada al 30 de diciembre de 2025. Análisis basado en la Resolución Exenta N° 3612, Decreto 45 (Reglamento APE) y el Listado de Sernapesca. Los criterios de periodicidad y clasificación APE/NO APE son aplicables para la planificación operativa del primer semestre 2026.
Fuentes y Referencias
- Sernapesca (2025-11-04). Listado INFAS APE y NO APE v20251104: https://www.sernapesca.cl/app/uploads/2025/11/Listado-INFAS-APE-y-NO-APE_v20251104.pdf
- Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (2009-11-06). Resolución Exenta N° 3612 (RAMA): https://www.subpesca.cl
- Ministerio de Economía (2022-02-24). Decreto 45 - Reglamento APE: https://www.bcn.cl
- Congreso Nacional de Chile (2019-12-01). Ley N° 21.183 (Ley de Mitílidos): https://www.bcn.cl
