Sedimentación bajo balsas-jaulas: IFOP y Subpesca entregan los informes técnicos que moldearán la nueva Ley de Acuicultura
Dos documentos oficiales publicados entre mayo y diciembre de 2025 redefinen el piso técnico del debate regulatorio ambiental en la salmonicultura chilena. El IFOP entregó en mayo de 2025 su informe final del proyecto FIPA N°2023-11, que revisa modelos de evaluación ambiental de centros de cultivo y compara las medidas de control de sedimentación adoptadas en Noruega, Escocia, Canadá y Australia. Siete meses después, en diciembre de 2025, Subpesca publicó su "Informe Ambiental de la Acuicultura 2023-2024", con los resultados del monitoreo de fondos marinos bajo centros en operación.
4 Variables de fondo marino que el Reglamento Ambiental para la Acuicultura (RAMA, Decreto N°320) exige monitorear en centros de cultivo: materia orgánica, potencial redox, pH y granulometría del sedimento. Son los mismos indicadores que Subpesca evaluó en su informe de diciembre de 2025 para el período 2023-2024.
El marco vigente y por qué está bajo revisión
El RAMA —Decreto Supremo N°320, dictado en virtud del artículo 87° de la Ley General de Pesca y Acuicultura— es el principal instrumento que regula la protección ambiental de los centros acuícolas. Establece qué variables deben medirse bajo las jaulas y con qué frecuencia. Su eventual modificación o reemplazo es uno de los ejes del proceso legislativo en curso para una nueva Ley de Acuicultura.
El informe del IFOP, dirigido por Gastón Vidal Santana desde la División de Investigación en Acuicultura, no se limitó a diagnóstico local. Revisó sistemáticamente cómo Noruega, Escocia, Canadá y Australia controlan la sedimentación bajo centros de cultivo. Para REDIA, este ejercicio comparado es el insumo directo que la discusión legislativa necesitaba: sin un estándar de referencia internacional documentado, cualquier debate sobre actualizar el RAMA carecía de piso técnico.
El monitoreo de fondos marinos en Chile tiene antecedentes previos en el IFOP. Un informe anterior del repositorio FIPA —cuya fecha exacta no está disponible en el material— registró una visita técnica de un profesional del instituto a Escocia para conocer ese programa de monitoreo, lo que indica que la experiencia comparada con ese país precede al estudio FIPA 2023-11. El artículo 74° de la Ley General de Pesca y Acuicultura provee el marco legal del monitoreo, según consigna el informe ambiental de Subpesca de diciembre de 2025.
El estudio FIPA N°2023-11 revisa "modelos nacionales e internacionales para evaluar el estado ambiental de centros de salmonicultura y medidas adoptadas en países como Noruega, Escocia, Canadá y Australia", según el resumen del informe final publicado en mayo de 2025.
Lo que los productores deben tener claro
El RAMA sigue vigente: el Decreto N°320 es la norma aplicable hoy. Cualquier cambio requerirá un nuevo decreto o una ley. Mientras no haya reforma publicada, las obligaciones actuales de monitoreo de potencial redox, materia orgánica, pH y granulometría no cambian.
El informe ambiental 2023-2024 es el registro oficial de cumplimiento: Subpesca publicó en diciembre de 2025 los resultados del monitoreo del período bajo el artículo 74° de la Ley General de Pesca y Acuicultura. Ese documento es referencia directa ante cualquier fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente, que tiene potestad sancionatoria sobre el cumplimiento de las RCA de los centros.
La experiencia comparada ya está documentada: el IFOP entregó en mayo de 2025 el análisis de cuatro países con regulación ambiental más exigente. Los estándares noruegos y escoceses, ya descritos en un estudio de legislación comparada de la BCN, son el referente probable para eventuales modificaciones al RAMA.
La sedimentación no es el único vector ambiental en juicio: un informe anterior del repositorio FIPA —sin fecha exacta confirmada— cuantificó impactos bentónicos en la zona de Tenaún, entre Quemchi y Dalcahue en Chiloé, mostrando que los efectos de la salmonicultura sobre el fondo marino tienen datos de campo en zonas productivas de Los Lagos.
Subpesca mantiene actividad normativa paralela al proceso legislativo: la Resolución Exenta N°2517-2025 aprueba proyectos de acuicultura experimental de pequeña escala, lo que confirma que la institucionalidad no está en pausa mientras avanza la nueva ley.
Fuentes
Subpesca — Informe Ambiental de la Acuicultura 2023-2024 (diciembre 2025): https://www.subpesca.cl/portal/616/articles-128284_documento.pdf
IFOP/FIPA — Informe Final FIPA N°2023-11 (mayo 2025): https://www.subpesca.cl/fipa/613/articles-117624_informe_final.pdf
BCN — Decreto N°320, Reglamento Ambiental para la Acuicultura (RAMA): https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=192512
BCN — Legislación comparada Chile-Noruega: desechos de centros de cultivo salmonídeos: https://www.bcn.cl/obtienearchivo?id=repositorio/10221/26179/2/BCN_Legislacion_y_experiencia_comparada_Chile_Noruega_el_problema_de_los_desechos_que_producen_los_centros_de_cultivos_de_especies_salmonidas_final.pdf
IFOP/FIPA — Evaluación de metodologías para el estudio medioambiental en acuicultura (visita técnica a Escocia): https://www.subpesca.cl/fipa/613/articles-89027_informe_final.pdf
IFOP/FIPA — Impactos asociados a cultivos de salmón del Atlántico en Chiloé, zona Tenaún: https://www.subpesca.cl/fipa/613/articles-89403_informe_final.pdf
SMA/SNIFA — Expedientes sancionatorios acuicultura 2023: https://snifa.sma.gob.cl/General/Descargar/20608052731
Subpesca — Portal normativa acuícola, Res. Ex. N°2517-2025: https://www.subpesca.cl/portal/615/w3-propertyvalue-38050.html
BCN — Labor parlamentaria, impactos bentónicos de balsas-jaulas: https://www.bcn.cl/laborparlamentaria/participacion?idParticipacion=2524728
REDIA — Red de Inteligencia Acuícola para la Economía Azul de Chile
Proveedores verificados en REDIA
Conecta con proveedores del sector acuícola
Consultores en normativa ambiental acuícola
Asesoran en cumplimiento del RAMA (Decreto N°320) y en la preparación para los cambios normativos que anticipa la nueva Ley de Acuicultura. Revisan los informes ambientales exigidos bajo el artículo 74° de la Ley General de Pesca y Acuicultura para evitar observaciones de la SMA.
Laboratorios de análisis de sedimentos marinos
Realizan mediciones de potencial redox, materia orgánica, pH y granulometría del sedimento bajo centros de cultivo. Cubren los cuatro parámetros exigidos por el RAMA y documentados en el Informe Ambiental Subpesca 2023-2024.
Consultoras de evaluación de impacto ambiental acuícola
Diseñan y ejecutan programas de monitoreo bentónico para centros de salmonicultura. Con el informe FIPA N°2023-11 como referente, pueden calibrar los planes de monitoreo frente a estándares internacionales de Noruega, Escocia y Canadá.
Empresas de muestreo y buceo científico
Ejecutan las campañas de muestreo de fondo marino requeridas para los informes ambientales periódicos de Subpesca. Apoyo directo a salmonicultores que necesitan cumplir con el calendario de monitoreo vigente.
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